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ROUSSEAU Y LA VOLUNTAD GENERAL

 

El conflicto social según Rousseau aparece con la propiedad privada. La desigualdad también comienza cuando empieza a tener un precio la estima pública (virtud), ya que de esta manera comienzan las ofensas al honor. Así se vuelven terribles las venganzas. La propiedad privada es consecuencia de la división del trabajo que procura una relación de dependencia (y por tanto de dominio) entre los individuos. Así, el derecho de propiedad tiene la función de perpetuar el dominio de los fuertes sobre los débiles. Rousseau no es comunista, no propone la eliminación de la propiedad privada, pero sí le pone unas limitaciones que dejan fuera al sistema de producción capitalista.

 

A causa de la propiedad privada la historia humana es una historia de degradación y no de progreso. La sociedad civil es un estadio artificial del hombre, resultante de su degradación histórica. Significa la pérdida de la libertad individual.

Si Rousseau comienza averiguando el estado natural del hombre es porque cree que es la naturaleza la que tiene servir de guía para las leyes humanas. Compartiendo las tesis clásicas de la Ilustración se lanza al conocimiento de la naturaleza humana (como Hume y como Kant) porque es lo más urgente y menos desarrollado de las ciencias contemporáneas: mientras no conozcamos al hombre natural, en vano querremos determinar la ley que ha recibido como la que mejor conviene a su constitución. Todo lo que podemos ver claro respecto a esta ley es que, para que sea ley, es necesario que la voluntad de aquel a quien se obliga se le pueda someter con conocimiento, y para que sea natural es necesario que hable inmediatamente mediante la voz de la naturaleza. Es decir, la ley de los hombres tiene que surgir de la naturaleza humana.

 

Puesto que la ley de los hombres ha de emanar de la naturaleza humana, Rousseau encuentra dos principios del alma humana: a) nos interesa vivamente nuestra conservación y bienestar y b) nos inspira una repugnancia natural el ver perecer o sufrir a todo ser sensible y principalmente a nuestros semejantes. Hay que tomar cuenta que la ley natural incluye también a las bestias.

 

En el Discurso Sobre el Origen y Fundamentos de la Desigualdad entre los Hombres (1755) Rousseau empieza distinguiendo dos tipos de desigualdad: a) natural o física (diferencia de edad, de salud, de fuerzas, de ánimo...establecidas por la naturaleza) y b) desigualdad moral o política que depende de una suerte de convención y que es consentida por los hombres: consiste en los privilegios que unos hombres disfrutan en perjuicio de otros.

 

La segunda parte del discurso consiste en la explicación del proceso de generación de las desigualdades a partir de la creación de la propiedad privada, es decir, de la aparición de la sociedad civil: “El primero a quien, tras haber cercado un terreno, se le ocurrió decir esto es mío y encontró gentes lo bastante simples para creerle, fue el verdadero fundador de la sociedad civil”. En El Contrato Social admitirá el derecho de propiedad bajo tres condiciones: no más de lo que cada cual necesite, sólo el producto del trabajo de uno mismo y respeto al derecho del primer ocupante de la tierra.

 

La desigualdad comienza:

 

1. Cuando empieza a tener un precio la estima pública (o virtud).

 

2. Por la dependencia mutua: desde que uno se dio cuenta de que era útil para uno solo tener provisiones para dos, la igualdad desapareció, la propiedad se introdujo y el trabajo se hizo necesario.

 

Es aquí cuando aparece el estado de guerra, que no hay que confundir con el de Hobbes, ya que el último es originario, mientras que éste no lo es, sino que es consecuencia de las desigualdades nacientes causadas por la aparición de la propiedad privada.

 

Este es el origen real de la sociedad y de las leyes, que dieron nuevos obstáculos al débil y nuevas fuerzas al rico, destruyeron sin remisión la libertad natural, fijaron para siempre jamás la ley de la propiedad y de la desigualdad, hicieron de una hábil usurpación un derecho irrevocable  sometieron desde entonces, en provecho de algunos ambiciosos, a todo el género humano al trabajo, a la servidumbre y a la miseria.

 

Por ello la sociedad civil es previa a la sociedad política. La consecuencia es que el derecho de conquista no es un derecho y sólo hace perdurar el estado de guerra.

 

Por contra, el verdadero origen de la sociedad política debe ser el contrato entre iguales y la electividad de los magistrados.

 

En resumen, para Rousseau, todas las desigualdades son reductibles a la instaurada por la propiedad privada, porque siendo la más inmediatamente útil al bienestar y la más fácil de comunicar, uno fácilmente se sirve de ella para comprar el resto.

 

El despotismo es el último y más extremo paso en la instauración de la desigualdad, ya que destruye las bases de la sociedad política: se vuelve a la sola ley del más fuerte y a un nuevo estado de naturaleza. El déspota anula de principio el contrato de gobierno, ya que no se basa en la igualdad ni en  la revocabilidad.

 

De esta manera, la solución rousseauniana al estado de decadencia de la sociedad civil pasa por el contrato social. A diferencia de Hobbes o Locke, aquí no hablamos de una soberanía delegada en un individuo (absolutismo de Hobbes), ni en un parlamento (Locke). La soberanía sólo lo es de toda la comunidad y es siempre inalienable. Estamos hablando de una democracia directa y no representativa o soberanía democrática: la comunidad no es más que la suma de voluntades particulares, es un yo común que permite la libertad de todos por obra de una ley común. El órgano de decisión tiene que ser necesariamente la asamblea. Él habla del “contrato entre iguales y electividad de los magistrados”.

 

A las dificultades de orden práctico que se pueden argumentar para negar la posibilidad de un régimen así, hay que decir que Rousseau era sobradamente consciente de ellas. Él tiene en la mente la manera cómo funciona su ciudad natal Ginebra y, de hecho, afirma que esta constitución sólo es posible “en un estado pequeño, máximo de grande como la isla de Córcega”.

 

En El Contrato Social advierte “Si hubiera un pueblo de dioses, se gobernaría democráticamente, pero no conviene a los hombres un gobierno tan perfecto”. Este autor se decanta más bien por lo que podríamos llamar aristocracia electiva: unos magistrados escogidos por el pueblo gobernando para el bien de éste.

 

La concepción que tiene Rousseau de la democracia va ligada a su idea de la Voluntad General que hay que distinguir con claridad de la suma de voluntades particulares. Si entendemos el cuerpo político como una suma de voluntades particulares estamos perpetuando el conflicto entre facciones. Por el contrario, la Voluntad General es aquello que interesa a todos no por ser el individuo que somos sino como miembro del cuerpo social (así podría entenderse, por ejemplo, una subida de impuestos).

 

A diferencia de Hobbes, Rousseau cree en la revocabilidad del contrato, ya que las partes son los únicos jueces en su propia causa. Así, tenemos que distinguir entre los gobiernos fácticamente habidos, fundamentados en la mayor o menor fuerza de una u otra facción y la verdadera legitimidad de la sociedad política que sólo puede ser un contrato fundado sobre la igualdad de las partes.

 

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